Un hombre de Cipolletti reclamó porque halló un débito no aceptado en su tarjeta. Había pagado durante más de un año una póliza de seguro que nunca contrató. La aseguradora dijo que la contratación existió y que hizo por teléfono. Sin embargo, la justicia le dio la razón al cliente. La normativa marca que se debe conservar una grabación o registro informático de la llamada. La empresa Metlife no la tenía.
“El tema de los seguros no solicitados es un tema recurrente en el Poder Judicial. Tiene varias bocas de reclamo, en principio se hace en los Juzgados de Paz pero establece un tope del reclamo en 300 mil pesos. Cuando uno descubre que una empresa le realizó descuentos, si no supera esta cifra, se puede reclamar en el Juzgado de Paz y el reclamo es sencillo, no requiere de un abogado. En este caso, supera ampliamente el monto porque la condena quedó en un millón de pesos”, explicó Juan Cruz García del área de comunicación judicial. “El descuento fue por un año y 5 meses, promovió un juicio por daños y perjuicios en el fuero civil. Este trámite sí es con abogado. La aseguradora apeló pero ayer la Cámara de Apelaciones confirmó la contratación irregular y también incrementó las indemnizaciones al cliente”, agregó.
El fallo de primera instancia basó su resolución en el Reglamento General de la Actividad Aseguradora. En esa normativa se establece que la empresa deberá conservar una grabación de la venta telefónica, donde conste el consentimiento expreso. Esa situación no fue acreditada en el caso de Cipolletti. “Durante la pandemia trasladamos todas las relaciones a la virtualidad y es común el contrato por plataformas o por teléfono. Eso decía la empresa, que el cliente solicitó dos pólizas. Pero no había resguardo de eso y prosperó el reclamo”, explicó García. “Se permiten las contrataciones telefónicas pero tiene que haber una grabación de la venta”, aclaró.
García brindó algunos consejos para evitar este tipo de engaños. “Hay cuestiones más graves como son las estafas virtuales o telefónicas, pero siempre la recomendación es no dar datos telefónicos, sobre todo si son servicios que no solicitamos. Está prohibido ofrecer servicios a través de llamadas telefónicas que no se solicitaron. Está el registro No Llame para no recibir ofertas no deseadas. No atender o no dar datos personales que puedan terminar en adhesiones a seguros o en algo más grave como una estafa”, sentenció.