La diputada neuquina Soledad Salaburu, presentó un proyecto de ley cuyo objetivo es establecer licencias igualitarias para los trabajadores del Estado. La intención es ampliar las licencias para quienes se conviertan en padres o madres. También alcanzaría a quienes sean progenitores adoptantes.
En La Carretera, la representante del Frente de Todos dijo que “lo que estamos haciendo ahora es volver a poner el tema sobre la mesa, como lo hicimos el año pasado, pero lo que venimos a hacer ahora es compartir la última versión de este proyecto de licencias”. Y agregó que “la intención es equiparar las tareas de cuidados históricamente relegada a las mujeres”.
En el caso de nacimiento, el proyecto propone ampliar la licencia de 120 a 150 días corridos para la madre o persona gestante. Los últimos 30 días pueden ser transferibles a la persona no gestante. Además, propone ampliar de 10 a 45 días de licencia para el padre o la cónyuge no gestante.
Por otro lado, prevé un régimen de licencia especial “en caso de nacimiento con malformaciones congénitas“. En este caso, siempre que requieran un mayor cuidado, la licencia para la persona gestante podrá ampliarse a 210 días con goce de haberes.
La iniciativa también establece la licencia por adopción. La misma empezará a regir cuando la autoridad judicial o administrativa competente notifique el otorgamiento de la guarda. En este caso se establece que quien adopte un niño o niña de hasta 6 años, tendrá derecho a una licencia de 150 días corridos.
Salaburu destacó que “estamos proponiendo cambiar el concepto, actualmente el régimen de licencia el concepto es hombre-mujer, donde esta naturalizado que la mujer es la que cuida y el hombre tiene pocos días de licencia”. En este sentido expresó que “nosotros establecemos el concepto de gestante y no gestante, y proponemos ampliación de los días de licencia e incorporamos algunas como licencia por Interrupción del embarazo”.
En caso de interrupción del embarazo, de manera voluntaria como involuntaria, la persona gestante tendrá derecho a gozar de una licencia de 30 días corridos con goce de haberes. Será efectivo a partir de la fecha de interrupción y se podrá extender por otros 30 días con justificación médica.