En un fallo que marca un importante precedente en casos de violencia de género, el Tribunal de Impugnación del poder judicial de Río Negro ha ratificado la posibilidad de incorporar pruebas en casos donde la víctima se retracta de su denuncia. El caso en cuestión involucra a un hombre condenado a prisión por violencia de género, cuya víctima retiró la denuncia a través de una carta. La jueza a cargo del juicio, la doctora María Florencia Caruso habló con AM740 y explicó cómo fue que decidió continuar con el proceso considerando el posible temor de la víctima y otras pruebas presentadas, como testimonios de testigos y un informe de riesgo.
La víctima había denunciado al hombre después de que este protagonizara un incidente violento al intentar llevarse al niño que tenía con ella. Sin embargo, retractó su denuncia al tiempo incluyendo una carta firmada y respaldada por un escribano. La jueza explicó que “se detectó signos de temor en la víctima y se decidió seguir adelante con el juicio. Además de la carta de retractación, se consideraron pruebas médicas, testimonios de testigos y un informe que evidenciaba la dependencia emocional de la víctima hacia el agresor”.
Tras un juicio en el que la víctima no se presentó personalmente pero en el que se utilizaron grabaciones de su testimonio y de la reconstrucción del incidente, el acusado fue condenado a dos años y medio de prisión. El fallo resaltó la importancia de no solo considerar la declaración de la víctima, sino también otras pruebas objetivas y testimonios que respalden la gravedad de la situación.
La sentencia subraya que en casos de retractación en el contexto de la violencia de género, es válido y necesario recurrir a otras fuentes de información para esclarecer la verdad. El fallo también mostró el compromiso con la víctima y con la verdad, porque se fue más allá de lo que es estrictamente legal para encontrar el trasfondo de un hecho de intimidación y violencia con un hecho que quedó demostrado.
En este contexto, la jueza María Florencia Caruso, identificó el temor y la culpabilidad de la víctima, quien había tardado cuatro años en denunciar el abuso. La decisión del Tribunal de Impugnación respaldó la posición de la jueza de primera instancia y enfatizó la necesidad de abordar estos casos con sensibilidad y considerando todas las pruebas disponibles. Además, ordenó una nueva intervención de la Oficina de Atención a la Víctima para garantizar el seguimiento y apoyo necesario en esta delicada situación.